El Ayuntamiento de València ha activado el procedimiento para que los establecimientos de hostelería y restauración puedan solicitar autorización para la venta no sedentaria de buñuelos y masas fritas durante el periodo fallero.
Esta autorización permite la ocupación temporal de espacios públicos, como vías públicas, zonas ajardinadas o terrenos de uso público, para la instalación de puestos de venta, siempre dentro de las fechas y condiciones fijadas en el bando anual de Fallas.
Quién puede solicitarla
La solicitud está dirigida exclusivamente a establecimientos de hostelería y restauración, que deseen instalar un puesto temporal vinculado a su actividad habitual durante las fiestas falleras.
Plazos y tramitación
- Periodo de solicitud:
Desde el 1 de enero hasta el 31 de enero de 2026, ambos inclusive. - Tramitación:
El procedimiento debe realizarse de forma telemática a través de la Sede Electrónica municipal, conforme al trámite habilitado el 23 de diciembre de 2025.
Ámbito de aplicación
La autorización regula la ocupación de:
- Vías públicas
- Espacios ajardinados
- Terrenos de uso público
Todo ello bajo las condiciones establecidas por la normativa municipal y los servicios técnicos correspondientes.
Información pública
Este trámite forma parte del apartado de Información Pública – Vía Pública, y puede consultarse también a través de los Registros Municipales.