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Emergencias recuerda a los ayuntamientos la normativa para celebraciones y espectáculos de Navidad, Fin de Año y Reyes

25 noviembre, 2025
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Emergencias recuerda a los ayuntamientos la normativa y requisitos para las celebraciones y espectáculos de Navidad, Fin de Año y Reyes

Redacción | 25 de noviembre de 2025

La Conselleria de Emergencias e Interior enviará una circular a todos los ayuntamientos de la Comunitat Valenciana con el objetivo de garantizar la máxima seguridad en las celebraciones y espectáculos navideños que se concentran entre Nochebuena, Nochevieja y Reyes.

El documento, distribuido también a través de la Federación Valenciana de Municipios y Provincias (FVMP), recuerda la normativa vigente, los requisitos para organizar eventos extraordinarios y las medidas obligatorias para actividades que impliquen grandes concentraciones de personas.

Espectáculos sin aumento de riesgo

Los ayuntamientos deberán exigir una declaración responsable para todas aquellas celebraciones que no modifiquen las condiciones técnicas del local: seguridad, estructura, salidas de evacuación, salubridad, acústica, protección contra incendios, aforo u horarios.

Eventos con aumento de riesgo

En estos casos será necesaria una autorización de la Dirección General de Interior, condicionada a disponer de licencia municipal y a presentar la solicitud con 15 días hábiles de antelación. También deberá aportarse una declaración responsable de cumplimiento normativo.

Instalaciones portátiles, eventuales o desmontables

Para carpas, escenarios móviles u otras infraestructuras temporales será necesario presentar otra declaración responsable que incluya el cumplimiento de las condiciones de seguridad, estabilidad estructural, higiene, accesibilidad y acústica. El ayuntamiento será quien verifique la adecuación de lo declarado.

Fiestas en vía pública y aforos

Las celebraciones en la vía pública o espacios abiertos que superen las 1.000 personas de aforo requerirán autorización municipal, conforme a lo previsto en las ordenanzas municipales.

Celebraciones en locales con licencia distinta

Los establecimientos que no dispongan de licencia específica para espectáculos deberán solicitar una autorización municipal para poder celebrar fiestas extraordinarias durante el periodo navideño.

Horarios especiales en Navidad

La Conselleria recuerda que los locales podrán prolongar su horario de apertura de la siguiente forma:

  • Nochevieja: ampliación de 90 minutos sobre el horario habitual.
  • Nochebuena y Reyes: ampliación de 60 minutos.

Orden público: menores y alcohol

Los establecimientos deberán cumplir estrictamente:

  • Prohibición de vender o servir alcohol a menores de 18 años.
  • Prohibición de entrada de menores de 16 años en discotecas, salas de fiesta y pubs.

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Etiquetas: Navidad, seg

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