La Concejalía de Fiestas y Tradiciones aprueba una normativa específica que regula la ocupación de la vía pública, el tráfico, los horarios y la protección del patrimonio durante una de las festividades religiosas más relevantes de la ciudad. El documento, resultado de un proceso participativo, estará vigente del 11 al 24 de abril.
Un hito normativo para una fiesta con más de un siglo de historia
Por primera vez en su historia reciente, la Semana Santa Marinera de Valencia contará con un Bando municipal propio. La medida, aprobada por la Junta de Gobierno Local, responde a una petición reiterada de la Junta Mayor de la Semana Santa Marinera y marca un antes y un después en la organización y regulación de esta celebración religiosa, que se desarrolla en los barrios marítimos de la ciudad y está declarada Fiesta de Interés Turístico Nacional.



El Bando entrará en vigor el 11 de abril a las 00:00 horas y se extenderá hasta el 24 de abril a las 21:00 horas, abarcando el periodo completo en que se celebran los actos litúrgicos, procesiones y actividades vinculadas a esta tradición en los Poblats Marítims, especialmente en el Grau, el Cabanyal y el Canyamelar.
Normativa sobre la vía pública y circulación
El documento recoge medidas específicas que afectan directamente a la ocupación del espacio público, el tráfico rodado y el estacionamiento de vehículos. En las zonas destinadas al paso de procesiones o concentración de espectadores no podrá instalarse ningún tipo de mobiliario u obstáculo, incluidas mesas, andamios, sillas o estructuras provisionales que dificulten la libre circulación o la evacuación en caso de emergencia.
Asimismo, queda prohibido el estacionamiento de vehículos en los tramos afectados durante la celebración de los actos. En los supuestos en que sea necesaria la retirada de vehículos, los organizadores deberán obtener resolución favorable del servicio municipal correspondiente, colocar la señalización preceptiva y notificarlo a la Comisaría de Proximidad de la Policía Local.
Restricciones acústicas y horarios permitidos
El Bando introduce criterios estrictos en relación con el impacto acústico. Se establece que no se deben prolongar más allá de lo estrictamente necesario los actos que finalicen después de las 23:00 horas, coincidiendo con el inicio del periodo nocturno de protección acústica.
En el caso de actividades con repercusión sonora, la recomendación es su finalización antes de las 02:00 horas, en todos los casos. Estas medidas buscan garantizar el descanso vecinal sin menoscabar el desarrollo de las celebraciones.
Protección del patrimonio y normativa cultural
Con respecto a los espacios que contienen bienes catalogados como Bienes de Interés Cultural (BIC), el Bando dispone que no podrá ocuparse el área situada frente a estas fachadas, a excepción de aquellos usos tradicionales previstos por la Normativa del Plan Especial de Protección (PEP) y la Ley del Patrimonio Cultural Valenciano.
Se establece la obligación de mantener una distancia mínima de tres metros en estos entornos y de proteger esculturas y elementos ornamentales con valor histórico-artístico que estén ubicados en la vía pública, evitando su alteración, contacto o riesgo durante el desarrollo de los actos.
Actos sujetos a condiciones meteorológicas
El documento también regula los protocolos de actuación en caso de alertas meteorológicas, estableciendo que todos los eventos previstos en espacio público estarán condicionados a lo que determine el Ayuntamiento en función de los niveles de riesgo establecidos por la Agencia Estatal de Meteorología (AEMET) y el Plan Municipal de Emergencias.
Una regulación elaborada de forma participativa
El proceso de redacción del Bando se inició en septiembre de 2024 e incorporó las aportaciones de cofradías, hermandades, asociaciones vecinales, comerciantes y servicios municipales. La Concejalía de Fiestas y Tradiciones ha destacado el carácter participativo del documento, que busca dar respuesta a las necesidades reales de los barrios marítimos durante estas fechas.
“Este bando es un recurso fundamental para coordinar y resaltar nuestras tradiciones”, declaró la concejala Mónica Gil, quien agradeció la implicación de todos los colectivos implicados. “Es nuestra responsabilidad asegurar que estas festividades sean apreciadas y celebradas con el respeto, la seguridad y la solemnidad que les corresponde”.
Aplicación del Bando a los actos litúrgicos y procesionales
El Bando será aplicable a todos los actos litúrgicos y procesionales que discurren por espacio público, así como a conciertos, exposiciones u otras actividades culturales programadas por la Junta Mayor de la Semana Santa Marinera.
Entre los eventos destacados se encuentran la Procesión del Silencio, el Encuentro de Resurrección, la Pasión Viviente, y los tradicionales actos al amanecer del Viernes Santo, donde la confluencia de devoción y espectáculo alcanza su máxima expresión.
Un modelo exportable para otras fiestas tradicionales
Esta nueva herramienta jurídica sitúa a la Semana Santa Marinera en un plano de igualdad normativa con otras grandes festividades de la ciudad, como las Fallas o la Feria de Julio, que ya cuentan con Bandos específicos. Además, consolida un modelo de gestión basado en la planificación, la regulación y la participación comunitaria, que podría extenderse a otros entornos festivos de la ciudad.
Sugerencias de imágenes para acompañar el artículo
- Procesión al anochecer en el Cabanyal, con antorchas y estandartes.
- Señalización de calles para corte de tráfico en el Grau.
- Fotografía institucional de Mónica Gil presentando el Bando.
- Cofrades caminando junto al mar en la tradicional procesión del Viernes Santo.
- Elementos patrimoniales vallados y protegidos durante los actos.
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